Convocatoria de Junta General de Accionistas de “Cross Road Biotech, SA, SRC”

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- Sep 25, 2020

Convocatoria de Junta General de Accionistas de “Cross Road Biotech, sa, scr”

Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca Junta General de Accionistas de “Cross Road Biotech, SA, SCR”, para el día 29 de octubre de 2020, a las 10.00 horas, en Madrid, (C/ Almagro nº 1 – 1º derecha) con el siguiente

Orden del día

Primero.-         Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria), e Informe de Gestión, así como de la gestión de los Administradores, correspondiente al Ejercicio Social cerrado a 31 de diciembre de 2019.
Segundo.-        Aplicación del resultado del Ejercicio Social cerrado a 31 de diciembre de 2019.
Tercero.-          Nombramiento de auditores para el ejercicio 2020.
Cuarto.-           Otorgamiento de facultades.
Quinto.-                 Redacción, lectura y aprobación del acta en la Junta.

DERECHO DE INFORMACIÓN

Conforme a lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes. Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general. Durante la celebración de la junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Si el derecho del accionista no se pudiera satisfacer en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar la información solicitada por escrito, dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la junta. Los administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada al amparo de los dos apartados anteriores, salvo que esa información sea innecesaria para la tutela de los derechos del socio, o existan razones objetivas para considerar que podría utilizarse para fines extrasociales o su publicidad perjudique a la sociedad o a las sociedades vinculadas. La información solicitada no podrá denegarse cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social. Los estatutos podrán fijar un porcentaje menor, siempre que sea superior al cinco por ciento del capital social. La vulneración del derecho de información previsto en el apartado 2 solo facultará al accionista para exigir el cumplimiento de la obligación de información y los daños y perjuicios que se le hayan podido causar, pero no será causa de impugnación de la junta general. En el supuesto de utilización abusiva o perjudicial de la información solicitada, el socio será responsable de los daños y perjuicios causados.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas.

MEDIDAS EXCEPCIONALES FRENTE AL COVID RELATIVAS A LA CELEBRACION DE LA JUNTA MEDIANTE VIDEOCONFERENCIA

Al amparo de lo establecido en el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, modificado por la Disposición Final Cuarta del Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, esta Junta General se celebrará mediante videoconferencia en el día y la hora antes señalados, al establecer dicha normativa que, aunque los estatutos de la compañía no lo contemplen, durante el tiempo que dure el periodo de alarma, y, una vez finalizado el mismo, hasta el 31 de diciembre de 2020, las reuniones de las juntas o asambleas de asociados o de socios podrán celebrarse por vídeo o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todas las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico.

Asimismo, se prevé el voto a distancia en los términos previstos en los artículos 182, 189 y 521 de la Ley de Sociedades de Capital, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

De conformidad con los artículos 179 y 183 de la Ley de Sociedades de Capital, todos los socios tienen derecho a asistir a la Junta. Sin embargo, la compañía considera necesario, dada la situación excepcional creada por el Covid-19, bajo la prioridad máxima de proteger la salud de las personas, trasladar y recordar a los señores socios que la mejor forma de garantizar que los socios puedan ejercer plenamente sus derechos de manera segura en la próxima Junta General es mediante la delegación y la emisión del voto a distancia, es decir, evitar en la medida de lo posible la asistencia física al lugar de celebración de la Junta General de Socios.

Todas estas medidas son compatibles con el cumplimiento de las obligaciones societarias y garantizan plenamente los derechos políticos de los Socios. Con antelación suficiente, se remitirá a los socios un correo electrónico en el que se harán constar todos los medios y canales a través de los cuales estos podrán conectarse y hacer el correcto seguimiento de la celebración de la Junta de Socios

Madrid, 25 de septiembre de 2020

María del Carmen Jaraiz Saliquet
Secretaria del Consejo


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